Costa Rica reforma su Régimen de Zonas Francas.
Tras meses de espera, finalmente el gobierno costarricense dio a conocer la propuesta de reforma al Régimen de Zonas Francas, a fin de ponerlo a derecho con las disposiciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que obligan a los países en desarrollo a eliminar antes de enero del 2003 todo subsidio y subvención a las exportaciones.
El eje central de la misma es la fijación de un impuesto sobre la renta uniforme del 15% para las empresas dentro y fuera del régimen, y un impuesto en la escala del 10% para las pequeñas. Anteriormente, las compañías en Zona Franca estaban exoneradas del pago de dicho gravamen.
La propuesta sugiere también eliminar la doble imposición sobre los dividendos para no afectar a las empresas de capital foráneo, y establecer la corrección monetaria en el cálculo de este impuesto, de forma que las empresas incluyan solo la parte real de los intereses y puedan deducir el costo real de su patrimonio.
Respecto al pago del gravamen de ventas y del arancel de importación sobre los bienes intermedios y materias primas, este tratamiento se mantiene para los bienes y materias primas incorporados en el producto final o empleados durante su proceso de producción.
El planteamiento propone, además, mejorar la eficiencia en la administración de los regímenes de exportación; esto incluye revisión de normas y procedimientos de administración y control de los regímenes, y especialmente una revisión de la participación de los diferentes entes públicos en estas funciones. Estos cambios no alcanzan a las empresas de servicios; estas conservarán el actual tratamiento fiscal, pues el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la Organización Mundial del Comercio no aplica a ese sector productivo.
En el texto se dice que los impuestos de ventas y aduaneros se mantienen para
El eje central de la misma es la fijación de un impuesto sobre la renta uniforme del 15% para las empresas dentro y fuera del régimen, y un impuesto en la escala del 10% para las pequeñas. Anteriormente, las compañías en Zona Franca estaban exoneradas del pago de dicho gravamen.
La propuesta sugiere también eliminar la doble imposición sobre los dividendos para no afectar a las empresas de capital foráneo, y establecer la corrección monetaria en el cálculo de este impuesto, de forma que las empresas incluyan solo la parte real de los intereses y puedan deducir el costo real de su patrimonio.
Respecto al pago del gravamen de ventas y del arancel de importación sobre los bienes intermedios y materias primas, este tratamiento se mantiene para los bienes y materias primas incorporados en el producto final o empleados durante su proceso de producción.
El planteamiento propone, además, mejorar la eficiencia en la administración de los regímenes de exportación; esto incluye revisión de normas y procedimientos de administración y control de los regímenes, y especialmente una revisión de la participación de los diferentes entes públicos en estas funciones. Estos cambios no alcanzan a las empresas de servicios; estas conservarán el actual tratamiento fiscal, pues el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la Organización Mundial del Comercio no aplica a ese sector productivo.
(Tomado de Revista Actualidad Económica 20.02)
En el texto se dice que los impuestos de ventas y aduaneros se mantienen para
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