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2375862 Ano: 2007
Disciplina: Espanhol (Língua Espanhola)
Banca: FCC
Orgão: Câm. Deputados
No soy anarquista. Al contrario, pienso que Marx iba mucho más allá del anarquismo, y que después de él los marxistas pagaron un precio alto por su sueño de hacer caer el Estado. Incluso el propio Marx se consideraba más anarquista que Bakunin, quien derribaba el Estado con palabras, al grito de “¡Abajo el Estado!”; Marx proponía derribarlo en los hechos: valiéndose de su ocaso, hizo surgir una práctica que sustentó un importante Estado. Siento la tentación de decir que el Estado no es un dato social sino una institución, que es también producto – en el sentido de condensación, una cristalización, como explicó Poulantzas – de la acción combinada de factores heterogéneos: por un lado, poder económico; por el otro, lo simbólico y lo imaginario, que el marxismo proponía “aprehender” en el concepto de ideología, pese a que estos factores no sean en modo alguno mero reflejo de la actividad económica. […] Las tendencias económicas ejercen su presión, sin embargo nunca producen los efectos que podrían esperarse de una pura deducción económica: tan sólo producen efectos gracias a que entran en juego fuerzas ideológicas. Por el contrario, el mundo no es movido por ideas; las fuerzas ideológicas no producen efectos por sí solas sino porque se introducen en ciertas coyunturas de la lucha de clases. Un marxismo que reduce esa complejidad causal está necesariamente en un error, tanto como un marxismo que niega las causas económicas.
Adaptado de Balibar, Étienne. (2005).
Violencias, identidades y civilidad.Para una cultura política global. Barcelona: Gedisa, p.122.
Considerando o fragmento “hizo”, sublinhado na sétima linha do texto, marque a alternativa na qual outra oração do texto utiliza este mesmo tempo verbal (Pretérito Indefinido).
 

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2375861 Ano: 2007
Disciplina: Espanhol (Língua Espanhola)
Banca: FCC
Orgão: Câm. Deputados
No soy anarquista. Al contrario, pienso que Marx iba mucho más allá del anarquismo, y que después de él los marxistas pagaron un precio alto por su sueño de hacer caer el Estado. Incluso el propio Marx se consideraba más anarquista que Bakunin, quien derribaba el Estado con palabras, al grito de “¡Abajo el Estado!”; Marx proponía derribarlo en los hechos: valiéndose de su ocaso, hizo surgir una práctica que sustentó un importante Estado. Siento la tentación de decir que el Estado no es un dato social sino una institución, que es también producto – en el sentido de condensación, una cristalización, como explicó Poulantzas – de la acción combinada de factores heterogéneos: por un lado, poder económico; por el otro, lo simbólico y lo imaginario, que el marxismo proponía “aprehender” en el concepto de ideología, pese a que estos factores no sean en modo alguno mero reflejo de la actividad económica. […] Las tendencias económicas ejercen su presión, sin embargo nunca producen los efectos que podrían esperarse de una pura deducción económica: tan sólo producen efectos gracias a que entran en juego fuerzas ideológicas. Por el contrario, el mundo no es movido por ideas; las fuerzas ideológicas no producen efectos por sí solas sino porque se introducen en ciertas coyunturas de la lucha de clases. Un marxismo que reduce esa complejidad causal está necesariamente en un error, tanto como un marxismo que niega las causas económicas.
Adaptado de Balibar, Étienne. (2005).
Violencias, identidades y civilidad.Para una cultura política global. Barcelona: Gedisa, p.122.
Marque a alternativa em que aparece o elemento ao qual se refere o termo “su”, sublinhado na terceira linha do texto.
 

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2375860 Ano: 2007
Disciplina: Espanhol (Língua Espanhola)
Banca: FCC
Orgão: Câm. Deputados
No soy anarquista. Al contrario, pienso que Marx iba mucho más allá del anarquismo, y que después de él los marxistas pagaron un precio alto por su sueño de hacer caer el Estado. Incluso el propio Marx se consideraba más anarquista que Bakunin, quien derribaba el Estado con palabras, al grito de “¡Abajo el Estado!”; Marx proponía derribarlo en los hechos: valiéndose de su ocaso, hizo surgir una práctica que sustentó un importante Estado. Siento la tentación de decir que el Estado no es un dato social sino una institución, que es también producto – en el sentido de condensación, una cristalización, como explicó Poulantzas – de la acción combinada de factores heterogéneos: por un lado, poder económico; por el otro, lo simbólico y lo imaginario, que el marxismo proponía “aprehender” en el concepto de ideología, pese a que estos factores no sean en modo alguno mero reflejo de la actividad económica. […] Las tendencias económicas ejercen su presión, sin embargo nunca producen los efectos que podrían esperarse de una pura deducción económica: tan sólo producen efectos gracias a que entran en juego fuerzas ideológicas. Por el contrario, el mundo no es movido por ideas; las fuerzas ideológicas no producen efectos por sí solas sino porque se introducen en ciertas coyunturas de la lucha de clases. Un marxismo que reduce esa complejidad causal está necesariamente en un error, tanto como un marxismo que niega las causas económicas.
Adaptado de Balibar, Étienne. (2005).
Violencias, identidades y civilidad.Para una cultura política global. Barcelona: Gedisa, p.122.
Marque a alternativa que interpreta corretamente, em português, o fragmento “Marx iba mucho más allá del anarquismo”, sublinhado no primeiro parágrafo do texto.
 

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El primer concepto de Constitución tuvo lugar en Europa. Allí, pese a darse la primera Constitución en Francia en 1791, como consecuencia directa de la Revolución Francesa, razones políticas de peso llevaron a restarle fuerza jurídica, pues no se la concebía como obligatoria para los órganos del Estado. Por parte de los gobernantes, en general formas de gobierno monárquicas, su violación no se calificaba como antijurídica. Inglaterra, cuna del constitucionalismo, nunca tuvo Constitución escrita y su legitimación se apoya sobre la soberanía del Parlamento y no en la sumisión de éste a normas jurídicas explicitadas en un texto constitucional. A pesar de fallidos intentos de controlar el Parlamento, debemos conceder que éste se autorregula con estricto respeto por el contenido de las leyes que dicta.
(…) Esta concepción se debilita después de la Primera Guerra Mundial. Tras la Segunda Guerra los Estados Europeos adoptaron, en general, una jurisdicción constitucional que centraliza el control de constitucionalidad de las leyes mediante las Cortes o Consejos constitucionales.
(…) El otro concepto de Constitución nació en los Estados Unidos de Norteamérica. Allí, desde el dictado de la Constitución de 1787, puesta en vigor en 1789, se considera a la Constitución como derecho supremo. Las normas que la integran obligan a los gobernantes a sujetarse a ellas, y son las que les otorgan competencias y a la vez las limitan. Ese concepto de Constitución está sintetizado en lo dicho por el Juez Marshall: “Los poderes del legislativo son definitivos y limitados y para que tales límites no se confundan u olviden se ha escrito la Constitución”.
(…) Este concepto de Constitución es el que logró aceptación general; la norma constitucional devino norma jurídica obligatoria para garantizar los derechos, deberes y poderes que mediante ella se aseguran y organizan.
Adaptado de Leonardi de Herbón, H. (2004).
“Introducción”. In: Constitución de la Nación Argentina. Buenos Aires, Eudeba, pp. 20-23.
Marque a alternativa que contém um possível título, escrito em espanhol, para o texto:
 

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El primer concepto de Constitución tuvo lugar en Europa. Allí, pese a darse la primera Constitución en Francia en 1791, como consecuencia directa de la Revolución Francesa, razones políticas de peso llevaron a restarle fuerza jurídica, pues no se la concebía como obligatoria para los órganos del Estado. Por parte de los gobernantes, en general formas de gobierno monárquicas, su violación no se calificaba como antijurídica. Inglaterra, cuna del constitucionalismo, nunca tuvo Constitución escrita y su legitimación se apoya sobre la soberanía del Parlamento y no en la sumisión de éste a normas jurídicas explicitadas en un texto constitucional. A pesar de fallidos intentos de controlar el Parlamento, debemos conceder que éste se autorregula con estricto respeto por el contenido de las leyes que dicta.
(…) Esta concepción se debilita después de la Primera Guerra Mundial. Tras la Segunda Guerra los Estados Europeos adoptaron, en general, una jurisdicción constitucional que centraliza el control de constitucionalidad de las leyes mediante las Cortes o Consejos constitucionales.
(…) El otro concepto de Constitución nació en los Estados Unidos de Norteamérica. Allí, desde el dictado de la Constitución de 1787, puesta en vigor en 1789, se considera a la Constitución como derecho supremo. Las normas que la integran obligan a los gobernantes a sujetarse a ellas, y son las que les otorgan competencias y a la vez las limitan. Ese concepto de Constitución está sintetizado en lo dicho por el Juez Marshall: “Los poderes del legislativo son definitivos y limitados y para que tales límites no se confundan u olviden se ha escrito la Constitución”.
(…) Este concepto de Constitución es el que logró aceptación general; la norma constitucional devino norma jurídica obligatoria para garantizar los derechos, deberes y poderes que mediante ella se aseguran y organizan.
Adaptado de Leonardi de Herbón, H. (2004).
“Introducción”. In: Constitución de la Nación Argentina. Buenos Aires, Eudeba, pp. 20-23.
Marque a alternativa que interpreta corretamente o fragmento sublinhado no terceiro parágrafo.
 

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El primer concepto de Constitución tuvo lugar en Europa. Allí, pese a darse la primera Constitución en Francia en 1791, como consecuencia directa de la Revolución Francesa, razones políticas de peso llevaron a restarle fuerza jurídica, pues no se la concebía como obligatoria para los órganos del Estado. Por parte de los gobernantes, en general formas de gobierno monárquicas, su violación no se calificaba como antijurídica. Inglaterra, cuna del constitucionalismo, nunca tuvo Constitución escrita y su legitimación se apoya sobre la soberanía del Parlamento y no en la sumisión de éste a normas jurídicas explicitadas en un texto constitucional. A pesar de fallidos intentos de controlar el Parlamento, debemos conceder que éste se autorregula con estricto respeto por el contenido de las leyes que dicta.
(…) Esta concepción se debilita después de la Primera Guerra Mundial. Tras la Segunda Guerra los Estados Europeos adoptaron, en general, una jurisdicción constitucional que centraliza el control de constitucionalidad de las leyes mediante las Cortes o Consejos constitucionales.
(…) El otro concepto de Constitución nació en los Estados Unidos de Norteamérica. Allí, desde el dictado de la Constitución de 1787, puesta en vigor en 1789, se considera a la Constitución como derecho supremo. Las normas que la integran obligan a los gobernantes a sujetarse a ellas, y son las que les otorgan competencias y a la vez las limitan. Ese concepto de Constitución está sintetizado en lo dicho por el Juez Marshall: “Los poderes del legislativo son definitivos y limitados y para que tales límites no se confundan u olviden se ha escrito la Constitución”.
(…) Este concepto de Constitución es el que logró aceptación general; la norma constitucional devino norma jurídica obligatoria para garantizar los derechos, deberes y poderes que mediante ella se aseguran y organizan.
Adaptado de Leonardi de Herbón, H. (2004).
“Introducción”. In: Constitución de la Nación Argentina. Buenos Aires, Eudeba, pp. 20-23.
Marque a alternativa que contém uma correta interpretação para algo que se diz no primeiro parágrafo do texto.
 

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El primer concepto de Constitución tuvo lugar en Europa. Allí, pese a darse la primera Constitución en Francia en 1791, como consecuencia directa de la Revolución Francesa, razones políticas de peso llevaron a restarle fuerza jurídica, pues no se la concebía como obligatoria para los órganos del Estado. Por parte de los gobernantes, en general formas de gobierno monárquicas, su violación no se calificaba como antijurídica. Inglaterra, cuna del constitucionalismo, nunca tuvo Constitución escrita y su legitimación se apoya sobre la soberanía del Parlamento y no en la sumisión de éste a normas jurídicas explicitadas en un texto constitucional. A pesar de fallidos intentos de controlar el Parlamento, debemos conceder que éste se autorregula con estricto respeto por el contenido de las leyes que dicta.
(…) Esta concepción se debilita después de la Primera Guerra Mundial. Tras la Segunda Guerra los Estados Europeos adoptaron, en general, una jurisdicción constitucional que centraliza el control de constitucionalidad de las leyes mediante las Cortes o Consejos constitucionales.
(…) El otro concepto de Constitución nació en los Estados Unidos de Norteamérica. Allí, desde el dictado de la Constitución de 1787, puesta en vigor en 1789, se considera a la Constitución como derecho supremo. Las normas que la integran obligan a los gobernantes a sujetarse a ellas, y son las que les otorgan competencias y a la vez las limitan. Ese concepto de Constitución está sintetizado en lo dicho por el Juez Marshall: “Los poderes del legislativo son definitivos y limitados y para que tales límites no se confundan u olviden se ha escrito la Constitución”.
(…) Este concepto de Constitución es el que logró aceptación general; la norma constitucional devino norma jurídica obligatoria para garantizar los derechos, deberes y poderes que mediante ella se aseguran y organizan.
Adaptado de Leonardi de Herbón, H. (2004).
“Introducción”. In: Constitución de la Nación Argentina. Buenos Aires, Eudeba, pp. 20-23.
Marque a alternativa em que o fragmento “tras la Segunda Guerra”, sublinhado na segunda linha do segundo parágrafo, está corretamente traduzido ao português.
 

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Al principio del siglo XX es cuando las ciencias biológicas y sociales iniciaron la investigación de los efectos del estrés en la salud del cuerpo y la mente de las personas, aunque su concepto haya nacido en el siglo anterior.
El término estrés fue introducido por el médico fisiólogo Hans Seyle (1907-1982) y originalmente se refirió a las reacciones inespecíficas del organismo ante estímulos tanto psíquicos como físicos. Tanto el estrés positivo (eustrés) como el negativo (distrés) pueden compartir las mismas reacciones. En el nivel de la emoción, sin embargo, las reacciones del estrés son muy distintas. La persona maneja la situación con la motivación y el estímulo del eustrés; al contrario, el distrés acobarda e intimida a la persona y hace que huya de la situación.
Los estudios originales de Seyle se hicieron a partir del "síndrome general de adaptación" descrito como la respuesta general de organismos a estímulos "estresantes".
Las respuestas de adaptación demostraron científicamente la participación de los procesos emocionales y psíquicos en la modulación de las respuestas a estímulos tanto internos como externos y a la posibilidad de desbordamiento de las capacidades de adaptación individuales. Ello llevó al concepto de medicina psicosomática que involucra los procesos mentales y emotivos en la génesis de procesos patológicos orgánicos.
El estrés es, entonces, la respuesta del organismo a una demanda real o imaginaria, o simplificando aún más, es todo aquello que nos obliga a un cambio.
Las situaciones estresantes, llamadas estresores, que pueden causar cambio o adaptación son de un espectro enorme, desde la frustración o la angustia al temor que nunca cede. Es decir, la causa del estrés a menudo difiere enormemente.
Adaptado de http://www.monografias.com/trabajos10/estre/estre.shtml -
Trabalho enviado por Ivana Bordón e Carlos Durán, Universidad de Mendoza, Mendoza, Argentina.
Sobre “eustrés” e “distrés”, o texto afirma que
 

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Al principio del siglo XX es cuando las ciencias biológicas y sociales iniciaron la investigación de los efectos del estrés en la salud del cuerpo y la mente de las personas, aunque su concepto haya nacido en el siglo anterior.
El término estrés fue introducido por el médico fisiólogo Hans Seyle (1907-1982) y originalmente se refirió a las reacciones inespecíficas del organismo ante estímulos tanto psíquicos como físicos. Tanto el estrés positivo (eustrés) como el negativo (distrés) pueden compartir las mismas reacciones. En el nivel de la emoción, sin embargo, las reacciones del estrés son muy distintas. La persona maneja la situación con la motivación y el estímulo del eustrés; al contrario, el distrés acobarda e intimida a la persona y hace que huya de la situación.
Los estudios originales de Seyle se hicieron a partir del "síndrome general de adaptación" descrito como la respuesta general de organismos a estímulos "estresantes".
Las respuestas de adaptación demostraron científicamente la participación de los procesos emocionales y psíquicos en la modulación de las respuestas a estímulos tanto internos como externos y a la posibilidad de desbordamiento de las capacidades de adaptación individuales. Ello llevó al concepto de medicina psicosomática que involucra los procesos mentales y emotivos en la génesis de procesos patológicos orgánicos.
El estrés es, entonces, la respuesta del organismo a una demanda real o imaginaria, o simplificando aún más, es todo aquello que nos obliga a un cambio.
Las situaciones estresantes, llamadas estresores, que pueden causar cambio o adaptación son de un espectro enorme, desde la frustración o la angustia al temor que nunca cede. Es decir, la causa del estrés a menudo difiere enormemente.
Adaptado de http://www.monografias.com/trabajos10/estre/estre.shtml -
Trabalho enviado por Ivana Bordón e Carlos Durán, Universidad de Mendoza, Mendoza, Argentina.
O fragmento “la causa del estrés a menudo difiere enormemente”, sublinhado na última linha do texto, está corretamente interpretado em
 

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Al principio del siglo XX es cuando las ciencias biológicas y sociales iniciaron la investigación de los efectos del estrés en la salud del cuerpo y la mente de las personas, aunque su concepto haya nacido en el siglo anterior.
El término estrés fue introducido por el médico fisiólogo Hans Seyle (1907-1982) y originalmente se refirió a las reacciones inespecíficas del organismo ante estímulos tanto psíquicos como físicos. Tanto el estrés positivo (eustrés) como el negativo (distrés) pueden compartir las mismas reacciones. En el nivel de la emoción, sin embargo, las reacciones del estrés son muy distintas. La persona maneja la situación con la motivación y el estímulo del eustrés; al contrario, el distrés acobarda e intimida a la persona y hace que huya de la situación.
Los estudios originales de Seyle se hicieron a partir del "síndrome general de adaptación" descrito como la respuesta general de organismos a estímulos "estresantes".
Las respuestas de adaptación demostraron científicamente la participación de los procesos emocionales y psíquicos en la modulación de las respuestas a estímulos tanto internos como externos y a la posibilidad de desbordamiento de las capacidades de adaptación individuales. Ello llevó al concepto de medicina psicosomática que involucra los procesos mentales y emotivos en la génesis de procesos patológicos orgánicos.
El estrés es, entonces, la respuesta del organismo a una demanda real o imaginaria, o simplificando aún más, es todo aquello que nos obliga a un cambio.
Las situaciones estresantes, llamadas estresores, que pueden causar cambio o adaptación son de un espectro enorme, desde la frustración o la angustia al temor que nunca cede. Es decir, la causa del estrés a menudo difiere enormemente.
Adaptado de http://www.monografias.com/trabajos10/estre/estre.shtml -
Trabalho enviado por Ivana Bordón e Carlos Durán, Universidad de Mendoza, Mendoza, Argentina.
No parágrafo do texto, transcrito abaixo, afirma-se que o estresse é:
El estrés es, entonces, la respuesta del organismo a una demanda real o imaginaria, o simplificando aún más, es todo aquello que nos obliga a un cambio.”
 

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